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martes, 29 de diciembre de 2015

UN BREVE ANÁLISIS DEL INDULTO “Quáttuor abhinc annos” PARA LA MISA RONCALLIANA

Es sabido que el Concilio Vaticano II ha significado la demolición de la Tradición a nivel institucional, mediante la adopción de doctrinas llamativas y extrañas fundadas en el modernismo, el protestantismo y la Nueva Teología, que se reflejó en el Novus Ordo Missæ creado bajo la dirección del lazarista masón y modernista Aníbbale Bugnini. Con todo, para los años de 1980, la jefatura conciliar estaba apurada, porque muchos de sus clérigos y fieles (sobre todo en Estados Unidos, Inglaterra y Francia) prefirieron continuar con el Misal Roncalliano de 1962, mediante peticiones dirigidas al Vaticano para que por vía de concesión les permitieran celebrar con esa liturgia. Ya en 1974 se le otorgó a los sacerdotes ancianos continuar con el Misal de 1962, pero como Mons. Lefebvre y Mons. Ngô-dinh-Thuc estaban con mucho auge, la conciliar Congregación para el Culto Divino les concedió a esos grupos el Indulto en 1984, queriendo evitar las adhesiones al Sedevacantismo y darle algún contentillo a los perplejos que habían en el seno de la FSSPX.
SACRA CONGREGÁTIO PRO CULTO DIVÍNO
EPÍSTULA PRÆSÍDIBUS CONFERENTIÁRUM EPISCOPÓRUM MISSA, DE USU MISSÁLIS ROMÁNI JUXTA EDITIÓNEM TÝPICAM ANNI MCMLXII
  
Eminentíssime Dómine, 
  
Quáttuor abhinc annos, jubénte Summo Pontífice Joánne Paulo II, univérsæ Ecclésiæ Epíscopi invitáti sunt ad relatiónem exhibéndam: 
  • Circa modum, quo sacerdótes et christifidéles in suis diœcésibus Missále auctoritáte Papæ Pauli VI promulgátum recepíssent, statútis Concílii Vaticáni II rite obsequéntes; 
  • Circa difficultátes in litúrgica instauratióne exsequénda eveniéntes; 
  • Circa renísus forte superándos. 
  
Éxitus consultatiónis notus factus est ómnibus Epíscopis (cf. Notítiæ, n. 185, decémbris 1981). Eórum responsiónibus atténtis, fere in totum solútum visum est probléma illórum sacerdótum atque christifidélium, qui ritui «Tridentíno» nuncupáto inhæréntes mansérant. 
  
Cum autem probléma idem perdúret, ipse Summus Póntifex, cœ́tibus istis obsecundáre desidérans, Epíscopis diœcesánis facultátem concédit uténdi Indúlto, quo sacerdótes et christifidéles, qui in petitióne próprio Epíscopo exhibénda explícite indicabúntur, Missam celebráre váleant Missále Románum adhibéndo juxta editiónem týpicam anni 1962, servátis autem normis, quæ sequúntur:
a) Sine ambigüitáte étiam públice constet talem sacerdótem et tales fidéles nullam partem habére cum iis qui legítimam vim doctrinálemque rectitúdinem Missális Románi, anno 1970 a Páulo VI Románo Pontífice promulgáti, in dúbium vocant.
b) Hæc celebrátio fiat tantum modo ad utilitátem illórum cœ́tuum qui eam petunt; item in ecclésiis et oratóriis quæ Epíscopus diœcesánus deputáverit (non autem in templis parœciálibus, nisi Epíscopus in cásibus extraordináriis id concessérit); iísque diébus atque condiciónibus ab ipso Epíscopo, sive per modum consuetudúnis, sive per actus, adprobátis.
c) Hujúsmodi celebrátio secúndum Missále anni 1962 fiat et quidem língua latína.
d) Nulla habeátur commíxtio inter ritus et textus alterútrius Missális. 
e) Unusquísque Epíscopus hanc Congregatiónem certiórem fáciet de concessiónibus ab ipso datis atque, expléto anno ab hoc Indúlto tribúto, de éxitu quem ejus applicátio obtínuerit. 
  
Concéssio hujúsmodi, sollicitúdinis signum qua Pater commúnis omnes suos proséquitur fílios, adhibénda erit sine ullo præjudício litúrgicæ instauratiónis observándæ in vita uniuscujúsque Communitátis ecclesiális. 
  
Juvat me vero hac uti opportunitáte me Emminéntiæ Tuæ Reverendíssimæ addictíssimum in Dómino profiténdi. 
 
Ex ǽdibus Congregatiónis pro Cultu Divíno, die 3 Octóbris 1984. 
  
✠ AUGUSTINUS MAYER, O. S. B., Archiepíscopus títulus Satrianénsis, Pro-Præféctus
  
✠ Vergilius Noè, Archiepíscopus títulus Voncariénsis, a Secrétis
  
SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
EPÍSTOLA DIRIGIDA A LOS PRESIDENTES DE LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES SOBRE EL USO DEL MISAL ROMANO BAJO LA EDICIÓN TÍPICA DEL AÑO 1962. 
  
Eminentísimo Señor, 
  
Hace cuatro años, por voluntad del Sumo Pontífice Juan Pablo II, se invitó a todos los Obispos de la Iglesia a presentar un informe sobre: 
  • El modo en el cual los presbíteros y los fieles en sus diócesis, cumpliendo adecuadamente los estatutos del Concilio Vaticano II, adoptaron el Misal promulgado por el papa Pablo VI;
  • Las dificultades sobrevinientes a la aplicación de la reforma litúrgica; 
  • Las resistencias que hubiere que superar. 
  
El resultado de la consulta fue conocido por todos los Obispos (cf. Notítiæ, n. 185, Diciembre de 1981). Atendiendo a sus respuestas, parecía resuelto el problema de los sacerdotes y fieles que mantenían el llamado «Rito Tridentino». 
  
Pero como el problema ha perdurado, el Sumo Pontífice, deseando ayudar a estos grupos, concede a los Obispos diocesanos la facultad de conceder el Indulto a los sacerdotes y fieles, que expresamente estén suscribiendo la petición al Obispo, para que puedan seguir celebrando la Misa con el Misal Romano en su edición de 1962, guardando las siguientes condiciones: 
a) Debe constar sin ambigüedades que los tales sacerdotes y fieles no tienen parte con los que dudan de la legitimidad y rectitud doctrinal del Misal Romano promulgado por el Romano Pontífice Pablo VI en 1970. 
b) Esa celebración sólo será útil para los grupos que la pidieron; en las iglesias y oratorios que el Obispo diocesano señalare (no así en templos parroquiales, a no ser que el Obispo lo conceda para casos extraordinarios); en los días y condiciones que el mismo Obispo estableciera por costumbre o por una eventualidad. 
c) Deberán celebrar siguiendo el Misal del año 1962 y en latín.
d) No deberán mezclar los ritos y los textos de ambos Misales. 
e) Cada Obispo reportará a esta Congregación sobre las concesiones que otorgue, y al culminarse el año de la concesión del presente Indulto, dará cuenta de los resultados obtenidos con su aplicación. 
  
Esta concesión, signo de la solicitud del Padre común para con todos sus hijos, habrá de usarse en tal manera que no ocasione perjuicio alguno a la observancia fiel de la Reforma litúrgica en la vida de cada una de las comunidades eclesiales. 
  
Aprovecho la oportunidad para reiterar a tu Eminencia Reverendísima mis afectos en el Señor.
    
En el edificio de la Congregación para el Culto Divino, a 3 de Octubre de 1984.
  
✠ AGUSTÍN MAYER, OSB, Arzobispo titular de Satriano, Pro-Prefecto
  
✠ Virgilio Noè, Arzobispo titular de Voncaria, Secretario

Este indulto fue ampliado por Ecclésia Dei (que acogió a los que se separaron de Mons. Lefebvre escandalizados a causa de la Operación “Supervivencia de la Tradición”) y luego derogado por el Motu Próprio Summórum Pontíficum, que significó para muchos la “liberación” de la Misa Roncalliana. Nada más lejos de la realidad en uno y otro caso:
  • Sólo se permitió el Misal, quedando los demás sacramentos sujetos a las rúbricas del Vaticano II (especialmente el del Orden).
  • En todos los escenarios se favorece a las congregaciones que se acogen al Vaticano II y reconocen la legitimidad del Novus Ordo.
  • Al estarse dicha concesión sujeta a la discrecionalidad del obispo diocesano, la incertidumbre para los beneficiados es de si el obispo concesionista, o su sucesor, revocaría la facultad otorgada. En el caso de las congregaciones acuerdistas, la venia la daba el presidente de la Conferencia episcopal (luego de Summórum Pontíficum, se dijo que no había impedimento alguno, toda vez que “La Misa Tridentina nunca fue abrogada”, pero aún así hay “obispos” resistentes a ello). Sobra decir que desde que Bergoglio subió, los acuerdistas la ven “color de hormiga”: Rebelión en el Instituto Buen Pastor, perseguidos los Franciscanos de la Inmaculada, el Motu desaparecería una vez la FSSPX capitule, [ACTUALIZACIÓN: el 24 de Agosto de 2017, en su discurso a los participantes en la Semana Litúrgica Nacional italiana, Bergoglio aseguró ex cáthedra (iniquitátis) que “después de este magisterio (del Vaticano II), después de este largo camino podemos afirmar con seguridad y con autoridad magisterial que la reforma litúrgica es irreversible”].
  • Para el Triduo Sacro, deben emplear la forma del Misal Montiniano en su culto público (y eso que la reforma a la Semana Santa de 1955, inserta en el Misal Roncalliano, es modernista también).

El Indulto (ampliado por la Ecclésia Dei) fue una estrategia conciliar para atraer a los débiles, pero con todo y haber caído algunos “tradicionalistas escrupulosos” (como los de la FSSP, el Instituto Buen Pastor y los traidores de Campos), falló miserablemente, ya que el problema no es tanto el Rito como sí lo es el Dogma (porque Roma apostató de la Fe y se convirtió en la sede del Anticristo). Aúnase a ello el que quienes hacen el “ensayo” (la palabra no se ajusta, pero es mejor que decir “el performance”) de la “Misa indultada” son simples ministros instalados con el rito montiniano de ordenación, que dicho sea de paso, es idéntico al anglicano (y como éste, también está afectado por la misma nulidad de Apostólicæ Curæ), por lo tanto, usurpan el sacerdocio.

Finalmente, la Misa roncalliana es una mala imitación de la Misa Romana Tradicional y un anticipo de la Misa montiniana. Así, es crucial que el verdadero Católico deba evitarla, para no caer en la secta conciliar.

4 comentarios:

  1. Había que disimular bien todo y que los documentos del falsario polaco parecieran católicos. hdp.

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  2. El modo en el cual los presbíteros y los fieles en sus diócesis, cumpliendo adecuadamente los estatutos del Concilio Vaticano II, adoptaron el Misal promulgado por el papa Pablo VI;
    Las dificultades sobrevinientes a la aplicación de la reforma litúrgica;

    malvados mentirosos
    primero que la liturgia no estaba deformada asi que eso no fue una reforma sino que al contrario ELLOS LA DEFORMARON
    MENTIROSOS FALSARIOS
    segundo que el Rito Romano codificado por san PÍO V no debía ser prohibido y si ellos inventaron un indulto es porque en su abuso de autoridad USURPADA SI LA HABÍAN PROHIBIDO FALSARIOS DE LAS MIL MIÉRCOLES.

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  3. Concede a los Obispos diocesanos la facultad de conceder el Indulto a los sacerdotes y fieles, que expresamente estén suscribiendo la petición al Obispo, para que puedan seguir celebrando la Misa con el Misal Romano en su edición de 1962, guardando las siguientes condiciones:



    AY Siiii no sabés los obispetes que ponía wojtyla como te permitían celebrar esa misa oh siiiii !!!¡¡???? QUE CÍNICOS SIN CUENTO.
    Para colmos hay que soportar que luego benenito salga a decir que esa misa no estuvo prohibida !!!!!!!!!

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  4. El padre Ceriani en un audio explica bien como es el rito anglicano que para colmo no es un rito de consagración de obispo sino de otra cosa que ahora no recuerdo bien el nombre. Tampoco recuerdo en que audio.

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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)